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"La formación dirigida a los trabajadores ocupados tiene por objeto proporcionarles los conocimientos y prácticas adecuadas a los requerimientos del mercado de trabajo y a las necesidades de formación de las empresas, contribuyendo a su promoción e integración social y a la competitividad de las empresas."
Mediante el modelo regulado por el
Real Decreto 1046/2003 (BOE Nº 219 del 12/09/03) y la modificación del Real Decreto Ley 7/2005 de 22 de Abril de 2005, se pretende mejorar el sistema de Formación Continua implantado hasta el momento.

Para ello se establece un sistema de financiación determinado por las cotizaciones a la Seguridad Social durante el año anterior a la realización de la formación y por el tamaño de cada empresa.

Así, al comienzo de cada año, las empresas tendrán a su disposición un crédito de formación que resultará de aplicar un porcentaje de bonificación (mayor cuanto menor sea la empresa) a la cuota de formación profesional ingresada el año anterior.

Esta bonificación podrá utilizarla cada empresa para financiar acciones formativas dirigidas a sus empleados, deduciéndose el coste en sus impresos mensuales de cotización a la Seguridad Social.

Según la última actualización del Real Decreto Ley 7/2005, las empresas de uno a nueve trabajadores recibirán una bonificación del 100% para la formación.
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